Articulo 96

Ademes de lo señalado en el Arti­culo 95 de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo y de los municipios, deberan poner a disposicion del publico y actualizar la siguiente informacion:

       
I .- El Plan Estatal o Municipal de desarrollo, segun corresponda;
II .- El presupuesto de egresos y las formulas de distribucion de los recursos otorgados;
III .- Las fechas de pago y recepcion de las Participaciones y Aportaciones Federales y Estatales a municipios, los montos efectivamente pagados;
IV .- El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiacion, el domicilio y la causa de utilidad publica y las ocupaciones superficiales;
V .- El nombre, denominacion o razon social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algun credito fiscal, asi como los montos respectivos. Asimismo, la informacion estadistica sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;
VI .- La relacion de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, registros de manifestaciones y dictamenes de las obras que se lleven a cabo en el Estado, que permita conocer el estado, situacion juridica y modificacion de cualquier indole de cada predio;
VIII .- La informacion detallada que contengan los planes o programas en materia de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecologico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construccion otorgadas por los gobiernos municipales;
IX .- Las disposiciones administrativas, directamente o a traves de la autoridad competente, con el plazo de anticipacion que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusion pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposicion o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones;
X .- En lo relativo a la ejecucion de una obra publica, en un lugar visible en el sitio de ejecucion de la obra e impresa en una superficie no menor a 2 metros de altura por 3 metros de ancho, la siguiente informacion;
XI .- La informacion relativa a la Glosa de Gobierno.